COMPLIANCE LEGAL

¿Cuál es el objetivo del Compliance Penal?

El compliance penal es mucho más que la mera implementación de sistemas de prevención de delitos en las sociedades.

La empresa que cuente con un modelo de compliance implementado, tendrá una mayor visibilidad y transparencia de su funcionamiento y un mayor control sobre el mismo. Así las decisiones de negocio y empresariales serán más adecuadas, reduciendo al mínimo cualquier tipo de riesgo, ya sea legal o reputacional.

Ademas, un sistema preventivo de este estilo sirve como garantía de cara a terceros, pues demuestra que la empresa cumple tanto con la legalidad como con las buenas prácticas empresariales.

Con la reforma del Código Penal de 2010 se introdujo la obligación de crear un sistema de Compliance en las empresas, pero no fue hasta la reforma de 2015 cuando se detalló específicamente cómo debía cumplirse con dicha obligación de crear un modelo preventivo.

¿Qué requisitos exige el Compliance Penal?

Para que toda sociedad disponga de un sistema de control eficaz, el Código Penal recoge que un sistema de Compliance ha de contar con los siguientes requisitos:

  • Identificación de las actividades en las que sea más probable que se puedan cometer hechos ilícitos.
  • Establecimiento de protocolos que fijen cuál es el proceso de formación de voluntad de una persona jurídica y de cómo se adoptarán y ejecutarán las decisiones en la misma.
  • Disposición de modelos que gestionen los recursos financieros.
  • Obligación de informar acerca de posibles riesgos o incumplimientos al organismo que se encargue de vigilar este sistema de prevención.
  • Establecimiento de un sistema disciplinario que castigue cada vez que se incumpla con el modelo de prevención.

No obstante, existen numerosas normas nacionales e internacionales que sirven como referencia para diseñar un sistema preventivo óptimo que se adecúe a las necesidades de cada sociedad.

¿Qué se puede evitar mediante el compliance penal?

Las penas recogidas en el Código Penal que afectan a las personas jurídicas y que pueden ser evitadas con el cumplimiento de un modelo de compliance son las siguientes:

  • Multa por cuotas o proporcional, que puede llegar a los 9 millones de euros o alcanzar el quíntuple del valor del beneficio obtenido por el perjuicio causado.
  • Disolución de la persona jurídica.
  • Suspensión de las actividades de la empresa por un plazo inferior a cinco años.
  • Clausura de locales y establecimientos por un plazo también inferior a cinco años.
  • Prohibición de realizar en el futuro actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto un delito.
  • Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas.
  • Intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores o de los acreedores por un tiempo inferior a cinco años.

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